Lo que debes saber sobre el parole humanitario

by | Feb 16, 2023 | Colombia, Consejos Migratorios, Servicios Migratorios

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) anunció que a partir del 6 de enero de 2023 el parole humanitario tramitado mediante el proceso de permanencia temporal, que estaba habilitado principalmente para venezolanos y ucranianos, también estará disponible para ciudadanos de Cuba, Nicaragua y Haití

De esta manera ser busca reducir la grave crisis de frontera Mexico-Estados Unidos, donde a diario miles de migrantes buscan ingresar a Estados Unidos en búsqueda de un mejor futuro, muchos de ellos huyendo de las dictaduras socialistas de sus países como es el caso de Cuba, Venezuela y Nicaragua.

¿Que es el Parole Humanitario?

Este permiso  es otorgado por USCIS. Los beneficiarios que apliquen en el programa deben cumplir con ciertos requisitos impuestos por las autoridades migratorias. Es de vital importancia señalar que el Parole Humanitario no pude ser considerado de modo alguno un permiso para vivir sino que se trata de un permiso que le permite al inmigrante trabajar por dos años y posteriormente volver a su país o hacer ajuste de estatus.

¿Que requisitos necesita los beneficiarios?

  • • Patrocinio Económico: los beneficiarios deben tener un patrocinador que se encuentre legal en Estados Unidos, que se comprometa a proporcionarle apoyo financiero durante el tiempo de estadía.
  • • Envío de Información Biográfica: una vez aprobado el beneficiario, el beneficiario debe crear una cuenta en la pagina de USCIS. 
  • • Debe someterse y aprobar una investigación de seguridad 
  • • Cumplir con criterios de elegibilidad como: el beneficiario principal no contar con doble nacionalidad, no haber tenido nunca una orden de deportación de los Estados Unidos, ni haber ingresado al país de forma ilegal a través de la frontera terrestre sino por via area. 

Para tomar en cuenta 

Los patrocinadores no solo deben cumplir con los requisitos anteriormente señalados, sino que también tienen importantes responsabilidades que cumplir desde el momento en que son aprobados como tales, ya que no pueden desentenderse de la persona que van a patrocinar relegándola al olvido una vez estas hayan ingresado a Estados Unidos, sino que debe garantizar bajo una declaración jurada que el beneficiario debe gozar del mínimo vital es decir tener un techo y alimento e inclusive recibir apoyo al momento de buscar empleo para evitar que estos migrantes en un futuro se conviertan en una carga para el Estado. Es menester aclarar que el patrocinador tiene bajo su cargo al beneficiario por dos años, y en este tiempo podrá iniciar un ajuste de estatus que lo lleve a la residencia.

Es preciso considerar que el beneficiario no podrá gozar de ciertos beneficios, como que no podrá solicitar Medicare ni bonos de alimentos y ningún tipo de beneficio económico, ya que si llegase a hacerlo el patrocinador sufrirá consecuencias como el reembolso del dinero.

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